Resolución 589/22. EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Recomendar enfáticamente el uso del barbijo en los espacios cerrados de las instituciones educativas de gestión estatal y gestión privada, en tanto constituye una de las principales acciones para reducir los riesgos de contagio COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas.
ARTÍCULO 2°. Establecer el uso optativo del barbijo para las y los integrantes de las instituciones
educativas de todos los niveles y modalidades de gestión estatal y gestión privada.
De acuerdo a lo publicado, se sugiere emplearlo «en los espacios cerrados de las instituciones educativas de gestión estatal y gestión privada, en tanto constituye una de las principales acciones para reducir los riesgos de contagio COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas».
Considerando la situación epidemiológica y sanitaria, con un descenso sostenido en la cantidad de nuevos casos y la baja en la tasa de mortalidad, debido a los avances de la campaña de vacunación, corresponde actualizar nuevamente los lineamientos para el funcionamiento con presencialidad plena y cuidada de las instituciones educativas de la Provincia de Buenos Aires, adecuándolas al contexto sanitario actual», justificaron.
Conforme lo descripto en los considerandos de la norma, «en el marco de la reunión del Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) llevada a cabo el 18 de marzo del corriente, las autoridades sanitarias provinciales acordaron mantener, como recomendaciones de cuidado generales para la prevención de enfermedades respiratorias, las siguientes medidas»:
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