En ese sentido, muchas personas se pueden preguntar de dónde surgió el aguinaldo. Esta costumbre se remonta a la antigua Roma, donde se entregaba el Kalendariae strenae el 1° de enero, fecha en que se intercambiaban regalos entre amigos en honor de los dioses y como señal de buen augurio en el inicio del nuevo año. Es más, la palabra “aguinaldo” se cree que viene de la frase latina hoc in anno, la cual significa “este año”.
De acuerdo con el historiador Daniel Balmaceda, la costumbre de pagar un aguinaldo en la Argentina fue iniciada en la década de 1880 por algunos comerciantes que buscaban reconocer el buen desempeño de sus empleados a finales de año. Sin embargo, en aquel entonces el cálculo de los montos era arbitrario y dependía de la voluntad de cada empleador o patrón.
A principios del siglo XX surgieron las primeras normativas oficiales que establecían el aguinaldo, pero estaban limitadas a algunos sectores, ciudades o provincias. En mayo de 1910 surgió el primer aguinaldo oficial, que fue otorgado por el gobierno municipal porteño, encabezado por el intendente Manuel Güiraldes, quien decidió pagarle un “Aguinaldo del Centenario” a sus empleados por los festejos patrios.
Para los empleados en relación de dependencia, el Sueldo Anual Complementario (SAC) más conocido por todos como aguinaldo, es el 13° sueldo que te corresponde cobrar en un año de trabajo.
El aguinaldo es un sueldo anual complementario que está regulado en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en los arts. 121 y 122 (texto modificado por la Ley 27.073). En ellos se establece el modo de cálculo y las fechas de pago.
Este SAC está regulado por la Ley 23.041 que data del año 1984. Allí se estipula la forma en que se debe calcular.
El aguinaldo es un sueldo anual complementario y se divide en 2 tramos: uno se paga a mitad de año y el otro cerca de las fiestas de diciembre. No es imprescindible trabajar todo un semestre para cobrar este SAC, sino que se trata de un derecho del/ la trabajador/a percibirlo desde que comienza a trabajar en relación de dependencia.
Se calcula en base al mejor sueldo que hayas tenido durante ese período (de enero a junio y de julio a diciembre). Para el aguinaldo no se contemplan los ítems no remunerativos (como ser asignaciones familiares). Si no trabajaste los 6 meses del período se calcula un porcentaje equivalente al período trabajado (por ejemplo si trabajaste 3 meses es el mejor sueldo dividido 6, multiplicado por 3)
En algunos lugares se toman la licencia de pagar hasta el 4to día hábil de julio… y como siempre, estamos a merced de nuestros empleadores.
Resumiendo:
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Trabajadores en relación de dependencia
Base de cálculo: 50% del sueldo bruto más alto percibido en el semestre correspondiente.
Para la cuota de junio: se considera el período de enero a junio.
Para la cuota de diciembre: se considera el período de julio a diciembre.
Incluye: salario básico, horas extra, comisiones y otros conceptos remunerativos.
Excluye: conceptos no remunerativos como viáticos o asignaciones familiares.
Descuentos: se aplican los habituales de jubilación, obra social, sindicato, etc., para obtener el monto neto o «de bolsillo».
Excluidos:
Monotributistas.
Trabajadores informales o no registrados.
Beneficiarios de planes sociales como la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE), planes de desempleo y becas Progresar.
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