Proceso de concurso para cobertura de cargos docentes. Catamarca

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Que resulta indispensable establecer los parámetros y condiciones a seguir para la convocatoria a cubrir interinatos y suplencias para el Ciclo Lectivo 2026, permitiendo a todos aquellos interesados con perfiles pertinentes participar de una instancia de Concurso Público y Abierto de Títulos, Antecedentes y Oposición.
Que resulta prioritario garantizar la cobertura inmediata y eficaz de las vacantes en el Nivel Superior, asegurando la idoneidad de los perfiles docentes mediante procesos de selección regidos por criterios objetivos y de transparencia administrativa.
Que la Ley Provincial Nº 3.122 -Estatuto del Docente Provincial-, establece que la provisión de cátedras y cargos docentes en los Institutos de Educación Superior se realizará por medio de Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición.
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 72/08, Anexo III, determina los lineamientos para la normativa jurisdiccional sobre concursos docentes en el Sistema Formador, estableciendo como principios rectores del proceso de selección la legitimidad, la transparencia y la publicidad.
Que el Reglamento Orgánico Marco (ROM), aprobado por Resolución Ministerial ECyT Nº 615/14, en su artículo 44, dispone que el acceso a la docencia en el Nivel Superior de gestión estatal se efectuará mediante Concurso Público y Abierto de Antecedentes y Oposición.
Que en el Instructivo se establece la asignación de puntajes y valoración de Títulos, Antecedentes y Oposición para establecer el Orden de Mérito y periodo de validez.
Que resulta necesario e imprescindible estipular la puntuación mínima que debe alcanzar un postulante paraformar parte del Listado de Orden de Mérito para la carrera y unidad curricular concursada.
Que, en virtud de lo expuesto y conforme a las facultades conferidas por la normativa vigente, corresponde dictar el presente acto administrativo
Por ello,
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR DISPONE:
PRIMERO. – APROBAR el «Reglamento General para el Concurso de Interinatos y Suplencias para Cobertura de Espacios Curriculares de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal de la Provincia de Catamarca, que obra como Anexo Único y forma parte integrante del presente instrumento legal.
SEGUNDO. – DEJAR sin efecto, a partir de la vigencia de la presente, toda Disposición o normativa de igual o inferior rango emitida por esta Dirección que se oponga o regule la materia objeto del presente instrumento legal.
TERCERO.– CONVOCAR al Proceso de Concurso Público y Abierto de Títulos, Antecedentes y Oposición para la Cobertura de Interinatos y Suplencias para el ciclo lectivo 2026, de los Espacios Curriculares vacantes de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal de la Provincia de Catamarca,.
CUARTO.- ESTABLECER que los Rectores de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal serán responsables de la correcta aplicación del Proceso de concurso y del Reglamento aprobado en el Artículo precedente y de la máxima difusión de la convocatoria.
QUINTO.- Tomen conocimiento a sus efectos: Secretaría de Gestión Educativa, Ministerio de Educación y Trabajo, Dirección Provincial Gestión de Recursos Humanos de Escalafón Docentes y Rectores de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal.

ANEXO ÚNICO
REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS
Objeto y Alcance. El presente Reglamento establece el procedimiento para la cobertura de cargos de interinatos y suplencias en los espacios curriculares de los IES de Gestión Estatal de la Provincia de Catamarca, mediante Concurso Público y Abierto de Títulos, Antecedentes y Oposición.
El proceso de concurso comprende las siguientes etapas obligatorias y sucesivas:
a. Convocatoria e Inscripción.
b. Valoración de Títulos y Antecedentes (Primera Etapa de Evaluación).
c. Valoración del Proyecto Académico de Trabajo y Entrevista (Segunda Etapa de Evaluación – Oposición).
d. Confección y Publicación del Listado de Orden de Mérito (LOM) Definitivo.
CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN
La convocatoria será realizada por la Dirección Provincial de Educación Superior (DPES) a través de los medios oficiales del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. El organismo será el responsable de comunicar a los Institutos de Educación Superior los ID de Plaza autorizados, debiendo garantizar la máxima difusión de la convocatoria a través de sus canales institucionales oficiales y medios de comunicación locales.
Cronograma y Plazos. El cronograma del concurso será establecido por la DPES. Los plazos se contarán en días hábiles administrativos, sugiriéndose la siguiente estructura orientativa:. Difusión y Publicación: 1 día.
b. Inscripción: 2 días.
c. Valoración de Antecedentes y Publicación de Listado Provisorio Institucional: hasta 3 días.
d. Período de Tacha (Revisión): 1 día.
e. Evaluación de Proyectos y Entrevistas: 1 a 3 días.
f. Publicación de LOM Definitivo: 1 día.
Modalidad de Inscripción. La inscripción se realizará exclusivamente en formato digital mediante Formularios Google (Google Forms). Cada IES será responsable de generar el formulario según el formato unificado provisto por la DPES. El correo electrónico declarado por el postulante se considerará domicilio constituido a efectos de todas las notificaciones del concurso.
El formulario permitirá consignar:
a. Datos de la vacante (Unidad curricular, carrera, carga horaria, año, sección, sede/anexo/extensión).b. Datos del postulante (Apellido y Nombre, DNI, Domicilio, Correo electrónico, Teléfono).
c. Carga de la documentación requerida (en formato digital PDF legible).
Gestión de la Documentación. El/la Jefe de Grado o Secretario/a Técnico/a serán responsables de la recepción, control de admisibilidad y organización de la documentación digital en carpetas de Drive institucionales. Dichas carpetas deberán estar completas en el plazo máximo de un (1) día hábil posterior al cierre de la inscripción, para ser compartidas con el Tribunal Evaluador.
Documentación Obligatoria y Orden de Presentación. Los postulantes deberán presentar la documentación en el siguiente orden:
1. Curriculum Vitae nominal (con carácter de declaración jurada).
2. Copia legible del DNI (anverso y reverso).
3. Certificados Analíticos correspondientes a los Títulos.
4. Constancia de Residencia (si correspondiere).
5. Certificado de servicio.
6. Antecedentes (con las certificaciones correspondientes).
7. Proyecto Académico de Trabajo.
Requisitos de Admisibilidad (Excluyentes). Serán causales de exclusión automática del concurso
(postulación «No Admitida»):
a. La ausencia de copia del DNI.
b. La ausencia del Certificado Analítico del título principal. No será válido presentar el diploma.
c. El incumplimiento del requisito de residencia.
d. El incumplimiento de los requisitos formales del Proyecto Académico de Trabajo.

Residencia. El postulante deberá acreditar un mínimo de dos (2) años de residencia efectiva e ininterrumpida en la Provincia de Catamarca, contados hasta la fecha de cierre de la inscripción. Se acreditará mediante el domicilio consignado en el DNI o, en su defecto, mediante certificación emitida por Juez de Paz o Autoridad Judicial equivalente.
Requisitos de Titulación para Formación Docente. Para postularse a un espacio curricular de la formación docente, es requisito poseer título de Profesor/a del área o campo disciplinar correspondiente.
Habilitación para Nivel Superior. En caso de que la titulación de base no posea habilitación específica para el Nivel Superior, el postulante podrá ser admitido si acredita fehacientemente:
a. Formación pedagógica específica para la enseñanza en el Nivel Superior (Licenciaturas- PostgradoPostítulos, Diplomaturas o equivalentes); O
b. Un mínimo de dos (2) años de experiencia docente comprobable en el Nivel Superior.

Componentes Mínimos del Proyecto.
1. Fundamentación: Se explicita la ubicación del espacio dentro del plan de estudios, así como su relevancia y pertinencia para la formación profesional, el desarrollo del campo de conocimiento y la transferencia al contexto local, regional y nacional. Se destacan los núcleos centrales que se desarrollarán durante el cursado.
2. Objetivos: Se describe lo que se espera que los estudiantes logren en relación con la Unidad Curricular y con la carrera de pertenencia, siendo los mismos pensados como factibles, viables y evaluables.
3. Contenidos: Se seleccionan, jerarquizan y organizan los contenidos mínimos prescritos por los Diseños Curriculares de la Formación Docente y/o Técnica, estableciendo criterios de planificación por unidades didácticas, bloques o ejes, según lo considere pertinente.
4. Encuadre Metodológico-Didáctico: Se describe cómo se llevará adelante los procesos de enseñanza y su relación con las actividades que realizarán los estudiantes, así como con el fortalecimiento de capacidades profesionales. Este apartado responde a la pregunta ¿De qué manera se llevarán adelante las actividades para lograr los aprendizajes esperados?
5. Articulación: Se detalla la articulación con otros espacios curriculares de la carrera, tanto horizontal como vertical, promoviendo la integración de saberes y evitando la fragmentación de contenidos. Se incluyen estrategias de trabajo colaborativo entre docentes y experiencias significativas para los estudiantes, vinculando los contenidos con situaciones reales. No basta con mencionar las unidades curriculares sino como llevará a cabo el trabajo de articulación.
6. Aportes Innovadores: Se incorpora metodologías diferentes a las tradicionales o recursos que mejoren la calidad de los aprendizajes, manteniendo coherencia con los objetivos y los contenidos del espacio curricular. Relacionar con la sección de evaluación.
7. Evaluación: Se describe el proceso de evaluación del espacio, conforme a un enfoque formativo centrado en la mejora de la enseñanza y el aprendizaje. Se consideran tipos de instrumentos (diversos y coherentes con la instancia de acreditación final) y criterios con indicadores que permitan una mirada amplia de la evaluación, tanto para exámenes parciales como finales. Se incluye una propuesta de evaluación de examen final, especificando Capacidades profesionales, consigna general SIGNACIÓN DE PUNTAJES
Escala General. La asignación de puntajes se efectúa sobre una base de 100 puntos:
A. TÍTULOS: Máximo 20 puntos.
B. ANTECEDENTES: Máximo 30 puntos.
C. PROYECTO ACADÉMICO DE TRABAJO: Máximo 30 puntos.
D. ENTREVISTA: Máximo 20 puntos.
A.- TÍTULOS (Máximo 20 puntos) Criterio General: No se suma doble titulación en el mismo nivel (Ej.
dos títulos de profesor cuentan una sola vez).
A.1. FORMACIÓN DOCENTE:
a. Título de Profesor en la especialidad (4 o más años): 7 puntos.
b. Título de Grado Universitario (Licenciatura) afín: 3 puntos.
c. Título de Posgrado afín (Máximo 10 puntos):
Especialización: 2 ptos.
Maestría: 3 ptos.
Doctorado: 5 ptos.

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