Gracias a la Concejal de Bolívar María Emilia Palomino por hacerse eco de una idea surgida en la necesidad de valorar la Historia Local y explayar una Ordenanza Municipal, Daniela Leiva Seisdedos couatora.
Los conciudadanos bolivarenses y algunos de nuestros ciudadanos ilustre que no nacieron en nuestra comunidad, pero sí hicieron de ella una localidad con proyección en nuestro país merecen una presencia más manifiesta en la cultura de nuestro ciudad y localidades, la identidad local es un derecho que nos concierne a todos.
Proyecto de Ordenanza.
Ciudadanos como: Dr Domingo David Sabatini, Julio Cortázar, Benito Lynch, Doña Justa Raninqueo, nieta del cacique Andrés Raninqueo, Adolfo Pérez Zelaschi, Eda María Sangrigoli, Chicho Sangrigoli, Emilio Sagi Liñan, Adolfo Luis Pérez Zelaschi Alan Hernán Lescano, Miguel, Profesor Adolfo José Cancio, Miguel Osovi, Miguel A. Borrelli, Norberto Miguel Santos, Lisbel Rivira, Ariel de la Fuente, Manuel Fernández, Juan «Negro» Niell, merecen ser fortalecidos en su presencia cultural puesto que son parte del patrimonio cultural e intangible de nuestro partido.
La patria es la infancia y es importante propagar la memoria. Hombres y mujeres somos protagonistas de la Historia, construimos la realidad social en la que vivimos a través de nuestras acciones, decisiones y vinculaciones.
Visto: La necesidad de promover, preservar y difundir la historia local, fortaleciendo la identidad cultural del Partido de Bolívar; y; Considerando Que la historia local constituye un elemento fundamental para comprender el desarrollo social, cultural e institucional de nuestra comunidad;
Que resulta necesario generar herramientas que permitan acercar a los vecinos y visitantes el conocimiento sobre aquellos ciudadanos y ciudadanas que dejaron una huella significativa en la historia de San Carlos de Bolívar y las localidades del Partido;
Que la identidad de los pueblos se fortalece a través de la memoria colectiva, la difusión de sus raíces y el reconocimiento de quienes contribuyeron al crecimiento cultural, educativo, deportivo, artístico, científico y social de la comunidad;
Que es importante fomentar en las nuevas generaciones el interés por la historia local, promoviendo el conocimiento de nuestros referentes históricos dentro del ámbito educativo; Que numerosos vecinos ilustres forman parte del patrimonio cultural e intangible del Partido de Bolívar, siendo necesario reivindicar y mantener viva su memoria; Que la difusión de la historia local contribuye al fortalecimiento del sentido de pertenencia y al reconocimiento de nuestra identidad bolivarense;
Que corresponde al Estado Municipal impulsar políticas culturales y educativas destinadas a preservar y valorizar el patrimonio histórico de la comunidad; Por lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante de Bolívar, en uso de sus atribuciones legales sanciona la presente Ordenanza: “2026 – AÑO DE LA MEMORIA, A 50 AÑOS DEL GOLPE DE ESTADO –”
ARTÍCULO 1.: La presente Ordenanza tiene por objeto promover, preservar y valorizar la identidad histórica y cultural del Partido de Bolívar, mediante acciones de difusión y reconocimiento de vecinos y vecinas ilustres que formaron parte de la construcción histórica de nuestra comunidad.
ARTÍCULO 2.: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, incorporará en la página institucional del Municipio contenidos destinados a la difusión de la historia local y de personalidades destacadas del Partido de Bolívar.
ARTÍCULO 3.: Invítese a las instituciones educativas del Partido de Bolívar a desarrollar, dentro del calendario escolar y en el marco de las materias vinculadas a Ciencias Sociales e Historia, actividades de reflexión, investigación y difusión relacionadas con la historia local y los vecinos ilustres de nuestra comunidad cada 4 de noviembre.
ARTÍCULO 4.: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Cultura realizará un paseo histórico-cultural en calles principales de la ciudad de San Carlos de Bolívar y de las localidades, incorporando imágenes y reseñas biográficas de vecinos y vecinas ilustres del Partido.
ARTÍCULO 5.: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria de la Dirección de Cultura.
ARTÍCULO 6.: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria de la Dirección de Cultura.
ARTÍCULO 7.: Comuníquese, regístrese y archívese. María Emilia Palomino Karina Otano
Concejales Bloque UCR
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