La Resolución 6179/25 de la Provincia de Buenos Aires establece un nuevo y unificado sistema de selección para cubrir cargos y módulos (provisionales y suplencias) en todos los Institutos de Formación Docente, Técnica y Artística (ISFD, ISFDyT, ISFT), reemplazando normativas anteriores (como la 5886/03) e implementando una Prueba de Selección basada en títulos, antecedentes y oposición, que busca mayor transparencia y equidad, afectando a la Modalidad Artística y entrando en vigencia plenamente a partir del 1° de enero de 2026, aunque los listados previos siguen vigentes hasta su fin de ciclo
La resolución pone en riesgo nuestras incumbencias, exige concursos permanentes, elimina garantías de estabilidad y desconoce las condiciones reales de trabajo en el Nivel Superior.
Establece que en los
Institutos de Formación Docente (ISFD), Institutos de Formación Docente y Técnica (ISFDyT), Institutos de Formación Técnica (ISFT) e institutos Superiores de Formación Artística Docente y Técnica de gestión estatal de la Provincia de Buenos Aires, la totalidad de los módulos u horas cátedra, cargos de Preceptoras y Preceptores, Encargadas y Encargados de Medios de Apoyo Técnico Pedagógico, Bibliotecarias y Bibliotecarios, Intérprete Pedagógico de Lengua de Señas Argentina – Español y módulos de Fonoaudiólogas y Fonoaudiólogos, provisionales y suplentes para el Nivel Superior, serán cubiertos por el mecanismo de Prueba de Selección por evaluación de títulos, antecedentes y oposición que define la mencionada Resolución, sin perjuicio de otros cargos de base que pudiesen crearse para la Educación Superior de la Provincia de Buenos Aires.
A partir de la sanción de la presente QUEDAN DEROGADAS la Resolución 5886/03 y la Resolución 1161/20, y toda norma que se oponga a la presente; dejar sin efecto el procedimiento de Difícil Cobertura de Nivel Superior dispuesto en la DISPO-2023-50-GDEBADEARDGCYE.
La aplicación efectiva para la totalidad de las pruebas de selección que se convoquen será a partir del 1° de enero de 2026, Sin perjuicio de lo dispuesto, se establece que los listados que fueran oportunamente conformados en el marco de la Resolución N° 5886/03, mantendrán su vigencia hasta la culminación de los plazos que la citada norma determinaba
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