Ley Nacional 27306 Abordaje Integral Dificultades Específicas del Aprendizaje (Dislexia, Disgrafia y Discalculia)

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Artículo 1º-La presente ley establece como objetivo prioritario garantizar el derecho a la educación de los niños/as, adolescentes y adultos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA).
Interés nacional

Artículo 2º- Declárase de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA), así como también la formación profesional en su detección temprana, diagnóstico y tratamiento, su difusión y el acceso a las prestaciones

Definición

Artículo 3º- Se entiende por Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) a las alteraciones de base neurobiológica, que afectan los procesos cognitivos relacionados con el lenguaje, la lectura, la escritura y/o el cálculo matemático, con implicaciones significativas, leves, moderadas o graves en el
ámbito escolar.

Autoridad de Aplicación

Artículo 4º-La Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Funciones

Artículo 5º- La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo el ejercicio de las siguientes acciones:

a)Establecer procedimientos y medios adecuados para la detección temprana de las necesidades educativas de los sujetos que presentaren DEA;

b)Establecer un sistema de capacitación docente para la detección temprana, prevención, y adaptación curricular para la asistencia de los alumos disléxicos o con otras dificultades de aprendizaje, de manera de brindar una cobertura integral en atención a las necesidades y requerimiento de cada caso en particular;

c)Coordinar con las autoridades sanitarias y educativas de las provincias que adhieren a la presente y, en su caso, de la C.A.B.A., campañas de concientización sobre Dislexia y DEA;

d) Planificar la formación del recurso humano en las prácticas de detección temprana, diagnóstico y tratamiento

Adaptación curricular

Artículo 6º- La Autoridad de Aplicación deberá elaborar la adaptación curricular referida en el inc. b) del art. precedente.Para garantizar el acceso al curriculum común, en el caso de DEA tendrá en cuenta las siguientes consideraciones orientativas:

a) Dar prioridad a la oralidad, en la enseñanza de contenidos y en las evaluaciones;

b) Otorgar mayor cantidad de tiempo para la realización de tareas y/o evaluaciones;

c) Asegurar que se hayan entendido las consignas;

d) Evitar las exposiciones innecesarias en cuanto a la realización de lecturas en voz alta frente a sus compañeros;

e) Evitar copiados extensos y/o dictados cuando esta actividad incida sobre alumnos con situaciones asociadas a la disgrafía;

f) Facilitar el uso de ordenadores, calculadoras y tablas.

g) Reconocer la necesidad de ajustar los procesos de evaluación a las sigularidades de cada sujeto;

h) Asumirse, todo el Equipo Docente Institucional, como promotores de los derechos de los niños/as, adolescentes y adultos, siendo que las contextualizaciones no implican otorgar ventajas en ellos frente a sus compañeros, sino ponerlos en igualdad de condiciones frente al derecho a la educación.

Consejo Federal de Educación

Artículo 7º- El Consejo Federal de Educación tendrá la función de colaborador permanente para el cumplimiento de los objetivos fijados en la presente ley como así también la de establecer un Sistema Federal de Coordinación Interjurisdiccional, para la implementación de políticas activas con el fin de hacer efetivo el derecho a la educación de los niños/as, adolescentes y adutos que presentan Dislexia y Dificultades Específicas del Aprendizaje.

Consejo Federal de Salud

Artículo 8º- La Autoridad de Aplicación deberá impulsar,a través del Consejo Federal de Salud, las siguientes acciones:

a)La implementación progresiva y uniforme en las diferentes jurisdicciones de un abordaje integral e interdisciplinario de DEA;

b)Establecer los procedimientos de detección temprana y diagnósticos de las Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA);

c)Determinar las prestaciones necesarias para el abordaje integral e interdisciplinario en los sujetos que presenten DEA, que se actualizarán toda vez que el avance de la ciencias lo amerite

Programa Médico Obligatorio (PMO).

Artículo 9º-Los agentes de salud comprendidos en las Leyes 23.660 y 23.661;las organizaciones de Seguridad Social, las Entidades de Medicina Prepaga, la Obra Social del Poder Judicial, de las Universidades Nacionales,Personal Civil y Militar de las Fuerzas Armadas; de Policía Federal Argentina; la Dirección de Ayuda Social del Congreso de la Nación y los Agentes de Salud que brinden servicios médico–asistenciales, independientemente de la figura jurídica que tuvieren, tendrán a su cargo,con carácter obligatorio, las prestaciones necesarias para la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de las DEA.

Las prestaciones citadas en los incisos b) y c) del art.8º,quedan incorporadasde pleno derecho, al Programa Médico Obligatorio.

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Acerca de Daniela Leiva Seisdedos 848 Articles
Profesora de Historia en actividad en el aula. Colegios San Cayetano y Nuestra Señora de Lourdes. Personalidad Destacada de la Educación por el Concejo Deliberante de La Plata. Directora de la Revista Educativa El Arcón de Clío. Revista realizada por docentes de Argentina, España, Colombia, México, Uruguay, Venezuela y otros países de Latinoamérica. Ganadora de VI Premios UBA (Universidad Nacional de Buenos Aires) a la difusión de Contenidos educativos en Blogs escolares. Libros publicados: Autora de los Manuales para docentes en Construcción de Ciudadanía 1, 2 y 3. Editorial Alfaomega. Escritos de Mujeres Bolivarenses “Derechos, luchas y conquistas”. Municipalidad de Bolívar – Dirección de Derechos Humanos. Seminarios educativos y Conversatorios en: FEDIAP: ¿Cómo aprenden los que enseñan? UCEMA: “El lenguaje que se escucha en el aula?, Foro Scouts de Argentina “El Trabajo Decente”. Fundación Emocionar, Misiones con La Educación a Distancia sin Distancia. Reconocimineto en España Empoderamiento Femenino y Educativo de Invery Crea España. Editores de Santillana Argentina y España. Experiencia destacada REDEM (Red Educativa Mundial). Reconocimiento en el portal EducAR al trabajo realizado en el blog Clio y sus Secretos. Distinguida por el Diario Clarín entre los 13 docentes del año 2013. Nombrado entre los 10 blogs favoritos. Editores de Santillana España. Talleres Pre Universitario sobre Pensamiento Social en el Colegio San Cayetano, La Plata. Coordinadora del Departamento de Ciencias Sociales colegio San Cayetano de La Plata. En Argentina Publicaciones en: Bolívar Hoy, Cuarto Poder de Formosa, Cinco Días, NCN, Cuarto Poder (Formosa) CadenaBA y El Palomar Diario. Diario Clarín y La Nación notas de opinión. En España publicaciones en las revistas ONLINE Magisterio, INED 21, “Intrahistoria” y “Papel de Periódico”.

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