Ley argentina 26.206 contra el bullying

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0010038273Según datos de la UNESCO, cuatro de cada diez estudiantes secundarios admite haber padecido el acoso escolar. El 18% de los chicos dice sufrir burlas de manera habitual.
Reflejo de la problemática del bullying es el lugar que la Argentina ocupa en el ranking de insultos y agresiones físicas en los colegios. Según la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas) 4 de cada 10 estudiantes secundarios admite haber sufrido acoso escolar (ONG «Bullying sin fronteras»).
Se reglamento la ley 26.206 Ley para la promocion de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas la cual se destaca una serie de articulos

ARTÍCULO 2°.- Crear una línea telefónica gratuita para la atención de situaciones de violencia en las escuelas, que será coordinada por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y contará con la participación de todas las jurisdicciones.
ARTÍCULO 3°.- Cada jurisdicción designará un equipo destinado a la atención conjunta, intervención y/o derivación de las situaciones que se informen a través de la línea creada por el artículo 1° de la presente Resolución. En caso de poseer líneas de atención gratuita con la misma finalidad, las llamadas serán derivadas a las líneas existentes.
ARTÍCULO 4°.- El MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN coordinará un equipo de atención y derivación y la construcción de un protocolo de procedimientos para la recepción y derivación de llamadas desde la línea nacional a las jurisdicciones.
ARTÍCULO 5°.- Las jurisdicciones que aún no lo han hecho, se comprometen en un plazo de sesenta (60) días a adecuar sus normativas a las medidas acordadas en la resolución CFE N° 217/14 y las derivadas del Anexo I.
ARTÍCULO 6°.- Las jurisdicciones se comprometen a articular acciones con la Coordinación de Programas para la Inclusión Democrática en las Escuelas y el Programa Nacional de Convivencia Escolar, dependientes de la cartera educativa nacional.
ARTÍCULO 7°.- El MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, de conformidad con el artículo 9° de la Ley Nº 26.892, tendrá a su cargo el desarrollo de tareas de investigación, recopilación y difusión de experiencias que promuevan la convivencia y la resolución pacífica de conflictos en las escuelas.
ARTÍCULO 8º.- Acordar que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, a través de sus áreas de competencia, dispondrá el acompañamiento y la asistencia técnica a las jurisdicciones para el cumplimiento de las previsiones emanadas de la presente resolución.
ARTÍCULO 9°.- Las jurisdicciones en el plazo de un (1) año deberán garantizar la construcción de los acuerdos escolares de convivencia en el Nivel Secundario.
ARTÍCULO 10°.- El CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN dentro de los próximos sesenta (60) días deberá aprobar la normativa federal que establezca plazos y criterios de elaboración de los Acuerdos de Convivencia en el Nivel Inicial y en el Nivel Primario. “2014 – Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo” Consejo Federal de Educación
ARTÍCULO 11°.- El CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en un plazo de sesenta (60) días deberá aprobar una normativa federal respecto de la dependencia, organización y modos de intervención de los Equipos de Apoyo y Orientación Escolares.
ARTICULO 12°.- El MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN creará el Consejo Asesor para la Convivencia Escolar Democrática el que: a. Redactará el informe bianual, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10° de la Ley Nº 26.892, que será presentado públicamente por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN. b. Asesorará a las jurisdicciones para la constitución, formación permanente y evaluación del funcionamiento de los equipos jurisdiccionales responsables del cumplimiento de la Ley Nº 26.892 (artículos 3; 8.a; 8.b y 8.c). c. Asistirá y asesorará en relación a la elaboración de pautas comunes y ejecución de políticas públicas para la construcción de una convivencia democrática en las escuelas. d. Promoverá campañas de sensibilización e información en los medios de comunicación masiva.
ARTÍCULO 13°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a los integrantes del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y cumplido, archívese.

Link completo http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res14/226-14.pdf

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Acerca de Daniela Leiva Seisdedos 855 Articles
Profesora de Historia en actividad en el aula. Colegios San Cayetano y Nuestra Señora de Lourdes. Personalidad Destacada de la Educación por el Concejo Deliberante de La Plata. Directora de la Revista Educativa El Arcón de Clío. Revista realizada por docentes de Argentina, España, Colombia, México, Uruguay, Venezuela y otros países de Latinoamérica. Ganadora de VI Premios UBA (Universidad Nacional de Buenos Aires) a la difusión de Contenidos educativos en Blogs escolares. Libros publicados: Autora de los Manuales para docentes en Construcción de Ciudadanía 1, 2 y 3. Editorial Alfaomega. Escritos de Mujeres Bolivarenses “Derechos, luchas y conquistas”. Municipalidad de Bolívar – Dirección de Derechos Humanos. Seminarios educativos y Conversatorios en: FEDIAP: ¿Cómo aprenden los que enseñan? UCEMA: “El lenguaje que se escucha en el aula?, Foro Scouts de Argentina “El Trabajo Decente”. Fundación Emocionar, Misiones con La Educación a Distancia sin Distancia. Reconocimineto en España Empoderamiento Femenino y Educativo de Invery Crea España. Editores de Santillana Argentina y España. Experiencia destacada REDEM (Red Educativa Mundial). Reconocimiento en el portal EducAR al trabajo realizado en el blog Clio y sus Secretos. Distinguida por el Diario Clarín entre los 13 docentes del año 2013. Nombrado entre los 10 blogs favoritos. Editores de Santillana España. Talleres Pre Universitario sobre Pensamiento Social en el Colegio San Cayetano, La Plata. Coordinadora del Departamento de Ciencias Sociales colegio San Cayetano de La Plata. En Argentina Publicaciones en: Bolívar Hoy, Cuarto Poder de Formosa, Cinco Días, NCN, Cuarto Poder (Formosa) CadenaBA y El Palomar Diario. Diario Clarín y La Nación notas de opinión. En España publicaciones en las revistas ONLINE Magisterio, INED 21, “Intrahistoria” y “Papel de Periódico”.

3 Comments

  1. Hoy en dia nadie hace nada x el bullyng desde el colegio te dicen: bueno si se burlan de el y le hace mal wue no se conecte.NADIE SE HACE CARGO DESDE PRIMARIA HUBO 5 CASOS DE BULLYNG EL QUINTO ES MI HIJO Y ESTA EN 3RO AÑO DE SECUNDARIA.PENOSO TERRIBLE QUE UN CHICO PADEZCA CONVULSIONES UNO LAS DENUNCIA TRASTORNOS DE TODO TIPO Y LE DIGAN MOGOLICO O AUTISTA

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